Artículo 201°
Texto oficial
Corresponde al Gobierno, en relación con la Rama Judicial: 1. Prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las leyes, los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias.
2. Conceder indultos por delitos políticos, con arreglo a la ley, e informar al Congreso sobre el ejercicio de esta facultad. En ningún caso estos indultos podrán comprender la responsabilidad que tengan los favorecidos respecto de los particulares.
Siguiente sección en el texto oficial
CAPITULO 3. DEL VICEPRESIDENTE
Fuentes consultadas
Aún no se han consultado fuentes para este artículo.