Artículo 3°
Texto oficial
La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
Comentario jurídico
Exegibilidad
Consagra el principio de soberanía popular, fundamento de la legitimidad democrática. La Constitución de 1991 amplió los mecanismos de participación directa respecto a la Constitución de 1886, incluyendo referendo, plebiscito, consulta popular, cabildo abierto, iniciativa legislativa y revocatoria del mandato (Art. 103). La Corte ha señalado que este artículo fundamenta el control ciudadano sobre el poder público.
Fuentes consultadas
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