Artículo 20°
Texto oficial
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
Comentario jurídico
Exegibilidad
Consagra la libertad de expresión, información y prensa. A diferencia de sistemas que protegen cualquier expresión, la Constitución colombiana cualifica el derecho a recibir información 'veraz e imparcial'. La Corte ha desarrollado límites a la libertad de expresión, especialmente respecto a discurso de odio y protección de la honra. El concepto de 'responsabilidad social' de los medios ha fundamentado regulaciones del espectro electromagnético.
Fuentes consultadas
Aún no se han consultado fuentes para este artículo.