Artículo 11°
De los Derechos Fundamentales
Texto oficial
El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
Comentario jurídico
Exegibilidad
Consagra el derecho a la vida como derecho fundamental absoluto y prohíbe la pena de muerte. Colombia abolió la pena capital en 1910. La Corte Constitucional ha interpretado este derecho ampliamente, incluyendo el derecho a una vida digna (mínimo vital) y ha debatido su alcance en casos de eutanasia (Sentencia C-239 de 1997) y aborto (Sentencia C-355 de 2006).
Fuentes consultadas
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