Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los delitos y de las culpas

Artículo 2331

Comunidad sobre terrenos para cria de animales

Texto oficial

Cada uno de los que poseen en común un terreno a propósito para la cría o manutención solamente de bestias, puede mantener en él un número de animales proporcional a la cuota de su derecho.