Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los delitos y de las culpas

Artículo 2332

Comunidad sobre bosques

Texto oficial

Cada uno de los que poseen en común un bosque, puede sacar de él la madera y la leña que necesite para su propio uso; pero no podrá explotarlo de otro modo, ni permitir a otros individuos hacer uso de tal bosque sino con la aquiescencia de todos los interesados.