Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la sociedad
Artículo 2076
No presentacion en el tiempo señalado
Texto oficial
Si por cualquiera causa dejaren de presentarse en el debido tiempo el pasajero o carga, el que ha tratado con el acarreador para el transporte, será obligado a pagar la mitad del precio o flete.
Igual pena sufrirá el acarreador que no se presentare en el paraje y tiempo convenidos.