Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la sociedad

Artículo 2076

No presentacion en el tiempo señalado

Texto oficial

Si por cualquiera causa dejaren de presentarse en el debido tiempo el pasajero o carga, el que ha tratado con el acarreador para el transporte, será obligado a pagar la mitad del precio o flete.

Igual pena sufrirá el acarreador que no se presentare en el paraje y tiempo convenidos.