Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDefiniciones y reglas generales

Artículo 1011

Herencias y legados

Texto oficial

Las asignaciones a título universal se llaman herencias, y las asignaciones a título singular, legados. El asignatario de herencia se llama heredero, y el asignatario de legado, legatario.