Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDefiniciones y reglas generales
Artículo 1010
Asignaciones por causa de muerte
Texto oficial
Se llaman asignaciones por causa de muerte las que hace la ley o el testamento de una persona difunta, para suceder en sus bienes.
Con la palabra asignaciones se significan en este libro las asignaciones por causa de muerte, ya las haga el hombre o la ley.
Asignatario es la persona a quien se hace la asignación.