Book Two - On Property, and Its Ownership, Possession, Use and EnjoymentOn Reivindication
Article 877
Obligaciones del usuario y habitador
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
El usuario y el habitador deben usar de los objetos comprendidos en sus respectivos derechos, con la moderación y cuidados propios de un buen padre de familia; y están obligados a contribuir a las expensas ordinarias de conservación y cultivo, a prorrata del beneficio que reporten.
Esta última obligación no se extiende al uso o a la habitación que se dan caritativamente a las personas necesitadas.