Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosOn the Making of Wills
Article 1110
Testamento maritimo verbal
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
En caso de peligro inminente podrá otorgarse testamento verbal a bordo de un buque de guerra en alta mar, observándose lo prevenido en el artículo 1103; y el testamento caducará si el testador sobrevive al peligro.
La información de que hablan los artículos 1094 y 1095 será recibida por el comandante o su segundo, y para su remisión al juez por conducto del secretario de Estado, se aplicará lo prevenido en el artículo 1103.