Título PreliminarDe la ley
Artículo 42
Clases de lineas del parentesco
Texto oficial
La línea se divide en directa o recta y en colateral, transversal u oblicua, y la recta se subdivide en descendiente y ascendiente.
La línea o directa es la que forman las personas que descienden unas de otras, o que sólo comprende personas generantes y personas engendradas.