Libro Primero - De las personasDe la patria potestad
Artículo 304
Limitaciones a los padres en la administracion
Texto oficial
No podrán los padres hacer donación de ninguna parte de los bienes del hijo, ni darlos en arriendo por largo tiempo, ni aceptar o repudiar una herencia deferida al hijo, sino en la forma y con las limitaciones impuestas a los tutores y curadores.