Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la transacción
Artículo 2487
Adquisicion de la misma cosa transigida con posterioridad a la transaccion
Texto oficial
Si una de las partes ha renunciado el derecho que le correspondía por un título, y después adquiere otro título sobre el mismo objeto, la transacción no la priva del derecho posteriormente adquirido.
DE LA PRELACION DE CREDITOS