Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la anticresis
Artículo 2464
Efectos de la omision en el pago respecto al acreedor
Texto oficial
El acreedor no se hace dueño del inmueble a falta de pago; ni tendrá preferencia en él sobre los otros acreedores, sino la que le diere el contrato accesorio de hipoteca, si lo hubiere. Toda estipulación en contrario es nula.