Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los delitos y de las culpas

Artículo 2335

Reglas de la division de cosas comunes

Texto oficial

La división de las cosas comunes, y los derechos y las obligaciones que de ella resultan, se sujetarán a las disposiciones de los artículos siguientes, y en todo aquello a que por éstas no se provea, se observarán las reglas de la partición de la gerencia.