Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los contratos aleatorios

Artículo 2277

Obligaciones frente al secuestre

Texto oficial

Los depositantes contraen para con el secuestre las mismas obligaciones que el depositante respecto del depositario en el depósito propiamente dicho, por lo que toca a los gastos y daños que le haya causado el secuestro.