Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los contratos aleatorios
Artículo 2277
Obligaciones frente al secuestre
Texto oficial
Los depositantes contraen para con el secuestre las mismas obligaciones que el depositante respecto del depositario en el depósito propiamente dicho, por lo que toca a los gastos y daños que le haya causado el secuestro.