Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel mandato
Artículo 2154
Mandatario incapaz
Texto oficial
Si se constituye mandatario a un menor no habilitado de edad*, o a una mujer casada**, los actos ejecutados por el mandatario serán válidos respecto de terceros, en cuanto obliguen a estos y al mandante; pero las obligaciones del mandatario para con el mandante y terceros, no podrán tener efecto sino según las reglas relativas a los menores y a las mujeres casadas**.