Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa

Artículo 1935

Concepto de pacto comisorio

Texto oficial

Por el pacto comisorio se estipula expresamente que, no pagándose el precio al tiempo convenido, se resolverá el contrato de venta.

Entiéndese siempre esta estipulación en el contrato de venta, y cuando se expresa, toma el nombre de pacto comisorio, y produce los efectos que van a indicarse.