Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa
Artículo 1935
Concepto de pacto comisorio
Texto oficial
Por el pacto comisorio se estipula expresamente que, no pagándose el precio al tiempo convenido, se resolverá el contrato de venta.
Entiéndese siempre esta estipulación en el contrato de venta, y cuando se expresa, toma el nombre de pacto comisorio, y produce los efectos que van a indicarse.