Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa
Artículo 1916
Saneamiento de vicios conocidos por el vendedor
Texto oficial
Si se ha estipulado que el vendedor no estuviere obligado al saneamiento por los vicios ocultos de la cosa, estará sin embargo obligado a sanear aquéllos de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador.