Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel efecto de las obligaciones
Artículo 1719
Conservacion de garantias
Texto oficial
Sin embargo de efectuarse la compensación por ministerio de la ley, el deudor que no la alegare, ignorando un crédito que puede oponer a la deuda, conservará junto con el crédito mismo las fianzas, privilegios, prendas* e hipotecas constituidas para su seguridad.