Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel efecto de las obligaciones

Artículo 1719

Conservacion de garantias

Texto oficial

Sin embargo de efectuarse la compensación por ministerio de la ley, el deudor que no la alegare, ignorando un crédito que puede oponer a la deuda, conservará junto con el crédito mismo las fianzas, privilegios, prendas* e hipotecas constituidas para su seguridad.