Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe las obligaciones civiles y de las meramente naturales

Artículo 1585

Derechos y deberes de los herederos en obligaciones indivisibles

Texto oficial

Cada uno de los herederos del que ha contraído una obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede exigir su ejecución total.