Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe las obligaciones civiles y de las meramente naturales
Artículo 1585
Derechos y deberes de los herederos en obligaciones indivisibles
Texto oficial
Cada uno de los herederos del que ha contraído una obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede exigir su ejecución total.