Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDe la partición de bienes

Artículo 1396

Adjudicacion de frutos pendientes

Texto oficial

Los frutos pendientes al tiempo de la adjudicación de las especies a los asignatarios de cuotas, cantidades o géneros, se mirarán como parte de las respectivas especies, y se tomarán en cuenta para la estimación del valor de ellas.