Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDe la apertura de la sucesión

Artículo 1318

Exoneracion de obligaciones del heredero beneficiario

Texto oficial

El heredero beneficiario podrá en todo tiempo exonerarse de sus obligaciones, abandonando a los acreedores los bienes de la sucesión que deba entregar en especie, y el saldo que reste de los otros, y obteniendo de ellos o del juez la aprobación de la cuenta que de su administración deberá presentarles.