Book One - On PersonsOn Guardianship and Curatorship in General

Article 398

La posesion notoria como prueba

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Para que la posesión notoria del estado civil se reciba como prueba de dicho estado, deberá haber durado cinco años continuos por lo menos.

PARAGRAFO. Para integrar este lapso podrá computarse el tiempo anterior a la vigencia de la presente ley, sin afectar la relación jurídicoprocesal en los juicios en curso.