Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Delicts and Negligence
Article 2336
Venta parcial de la cosa comun
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Cuando alguno o algunos de los comuneros solicite la venta de la cosa común, los otros comuneros o cualquiera de ellos pueden comprar los derechos de los solicitantes, pagándoles la cuota que les corresponda, según el avalúo de la cosa.