Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Nullity and Rescission

Article 1873

Preferencia en la venta de cosa a dos personas

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Si alguien vende separadamente una misma cosa a dos personas, el comprador que haya entrado en posesión será preferido al otro; si ha hecho la entrega a los dos, aquel a quien se haya hecho primero será preferido; si no se ha entregado a ninguno, el título más antiguo prevalecerá.