Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Obligations with Penalty Clauses
Article 1698
Pago de deudas inexistentes
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
El que fue delegado por alguien que se creía deudor y no lo era, no es obligado al acreedor, y si paga en el concepto de ser verdadera la deuda, se halla para con el delegante en el mismo caso que si la deuda hubiera sido verdadera, quedando a salvo su derecho al delegante para la restitución de lo indebidamente pagado.