Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Civil Obligations and Merely Natural Obligations
Article 1590
Divisibilidad de la accion de perjuicios
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Es divisible la acción de perjuicios que resulta de haberse cumplido o de haberse retardado la obligación indivisible: ninguno de los acreedores puede intentarla, y ninguno de los deudores está sujeto a ella, sino en la parte que le quepa.
Si por el hecho o culpa de uno de los deudores de la obligación indivisible, se ha hecho imposible el cumplimiento de ella, ese solo será responsable de todos los perjuicios.