Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Acts and Declarations of Will

Article 1575

Condonacion de deuda solidaria

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Si el acreedor condona la deuda a cualquiera de los deudores solidarios, no podrá después ejercer la acción que se le concede por el artículo 1561, sino con rebaja de la cuota que correspondía al primero en la deuda.