Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosOn the Partition of Property

Article 1402

Saneamiento por eviccion

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

El partícipe que sea molestado en la posesión del objeto que le cupo en la partición, o que haya sufrido evicción de él, lo denunciará a los otros partícipes para que concurran a hacer cesar la molestia, y tendrá derecho para que le saneen la evicción.

Esta acción prescribirá en cuatro años, contados desde el día de la evicción.