Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosOn Testamentary Executors

Article 1353

Obligaciones y facultades del albacea tenedor de bienes

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

El testador podrá dar al albacea la tenencia de cualquiera parte de los bienes o de todos ellos.

El albacea tendrá, en este caso, las mismas facultades y obligaciones que el curador de la herencia yacente; pero no será obligado a rendir caución sino en el caso del artículo siguiente: Sin embargo de esta tenencia, habrá lugar a las disposiciones de los artículos precedentes.