Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosOn Testamentary Executors

Article 1333

Plazo para la comparencencia del albacea

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

El juez, a instancia de cualquiera de los interesados en la sucesión, señalará un plazo razonable, dentro del cual comparezca el albacea a ejercer su cargo, o a excusarse de servirlo, y podrá el juez, en caso necesario, ampliar por una sola vez el plazo.

Si el albacea estuviere en mora de comparecer, caducará su nombramiento.