Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosDefinitions and General Rules

Article 1028

Indignidad por rechazo del cargo de guardador o albacea

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Son indignos de suceder el tutor o curador que nombrados por el testador se excusaren sin causa legítima.

El albacea que nombrado por el testador se excusare sin probar inconveniente grave, se hace igualmente indigno de sucederle.

No se extenderá esta causa de indignidad a los asignatarios forzosos en la cuantía que lo son, ni a los que desechada por el juez la excusa, entren a servir el cargo.