Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDe las acciones posesorias
Artículo 969
Buena o mala fe del poseedor
Texto oficial
La buena o mala fe del poseedor se refiere, relativamente a los frutos, al tiempo de la percepción, y relativamente a las expensas y mejoras, al tiempo en que fueron hechas.