Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDe las acciones posesorias

Artículo 911

Presuncion de medianeria

Texto oficial

Toda pared de separación entre dos edificios se presume medianera, pero sólo en la parte en que fuere común a los edificios mismos.

Se presume medianero todo cerramiento entre corrales, jardines y campos, cuando cada una de las superficies contiguas esté cerrada por todos lados; si una sola está cerrada de este modo, se presume que el cerramiento le pertenece exclusivamente.