Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDe la reivindicación

Artículo 890

Division del predio dominante

Texto oficial

Dividido el predio dominante, cada uno de los nuevos dueños gozará de la servidumbre, pero sin aumentar el gravamen del predio sirviente.

DE LAS SERVIDUMBRES NATURALES