Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDe la reivindicación
Artículo 890
Division del predio dominante
Texto oficial
Dividido el predio dominante, cada uno de los nuevos dueños gozará de la servidumbre, pero sin aumentar el gravamen del predio sirviente.
DE LAS SERVIDUMBRES NATURALES