Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDel dominio
Artículo 712
Declaratoria de bienes vacantes o mostrencos
Texto oficial
Los trámites para la declaratoria de la calidad de vacantes o mostrencos de los bienes, son objeto del Código Judicial de la Unión.
DE LA ACCESION