Libro Segundo - De los bienes, y de su dominio, posesión, uso y goceDe las varias clases de bienes
Artículo 655
Muebles
Texto oficial
Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.
Exceptúense las que siendo muebles por naturaleza se reputan inmuebles por su destino, según el artículo 658.
PARÁGRAFO. Reconózcase la calidad de seres sintientes a los animales.