Libro Primero - De las personasDe la patria potestad
Artículo 311
Decreto de la suspension de la patria potestad
Texto oficial
La suspensión de la patria potestad deberá ser decretada por el juez con conocimiento de causa, y después de oídos sobre ellos los parientes del hijo y el defensor de menores.
DE LA EMANCIPACION