Libro Primero - De las personasDe la patria potestad

Artículo 311

Decreto de la suspension de la patria potestad

Texto oficial

La suspensión de la patria potestad deberá ser decretada por el juez con conocimiento de causa, y después de oídos sobre ellos los parientes del hijo y el defensor de menores.

DE LA EMANCIPACION