Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de prenda

Artículo 2407

Extincion por pago con objeto distinto al debido

Texto oficial

Si el acreedor acepta voluntariamente del deudor principal, en descargo de la deuda, un objeto distinto del que este deudor estaba obligado a darle en pago, queda irrevocablemente extinguida la fianza, aunque después sobrevenga evicción del objeto.