Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los delitos y de las culpas
Artículo 2348
Responsabilidad de los padres por los daños ocasionados por sus hijos
Texto oficial
Los padres serán siempre responsables del daño causado por las culpas o los delitos cometidos por sus hijos menores, y que conocidamente provengan de mala educación o de hábitos viciosos que les han dejado adquirir.