Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los delitos y de las culpas

Artículo 2348

Responsabilidad de los padres por los daños ocasionados por sus hijos

Texto oficial

Los padres serán siempre responsables del daño causado por las culpas o los delitos cometidos por sus hijos menores, y que conocidamente provengan de mala educación o de hábitos viciosos que les han dejado adquirir.