Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los contratos aleatorios

Artículo 2290

Precio y pension de la renta vitalicia

Texto oficial

El precio de la renta vitalicia, o lo que se paga por el derecho de percibirla, puede consistir en dinero, o en cosas raíces o muebles.

La pensión no podrá ser sino en dinero.