Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe los contratos aleatorios
Artículo 2290
Precio y pension de la renta vitalicia
Texto oficial
El precio de la renta vitalicia, o lo que se paga por el derecho de percibirla, puede consistir en dinero, o en cosas raíces o muebles.
La pensión no podrá ser sino en dinero.