Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel mandato

Artículo 2179

Riesgos por perdidas de especies metalicas

Texto oficial

Las especies metálicas que el mandatario tiene en su poder, por cuenta del mandante, perecen para el mandatario aún por fuerza mayor o caso fortuito, salvo que estén contenidas en cajas o sacos cerrados y sellados sobre los cuales recaiga el accidente o la fuerza, o que por otros medios inequívocos pueda probarse incontestablemente la identidad.