Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la sociedad
Artículo 2055
Fijacion del precio por tercero
Texto oficial
Si se ha convenido en dar a un tercero la facultad de fijar el precio, y muriere éste antes de procederse a la ejecución de la obra, será nulo el contrato; si después de haberse procedido a ejecutar la obra, se fijará el precio por peritos.