Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDe la sociedad

Artículo 2055

Fijacion del precio por tercero

Texto oficial

Si se ha convenido en dar a un tercero la facultad de fijar el precio, y muriere éste antes de procederse a la ejecución de la obra, será nulo el contrato; si después de haberse procedido a ejecutar la obra, se fijará el precio por peritos.