Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa

Artículo 1969

Cesion de derechos litigiosos

Texto oficial

Se cede un derecho litigioso cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la litis, del que no e hace responsable el cedente.

Se entiende litigioso un derecho, para los efectos de los siguientes artículos, desde que se notifica judicialmente la demanda.