Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa
Artículo 1969
Cesion de derechos litigiosos
Texto oficial
Se cede un derecho litigioso cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la litis, del que no e hace responsable el cedente.
Se entiende litigioso un derecho, para los efectos de los siguientes artículos, desde que se notifica judicialmente la demanda.