Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel contrato de compraventa
Artículo 1963
Ausencia de notificacion o aceptacion
Texto oficial
No interviniendo la notificación o aceptación sobredichas podrá el deudor pagar al cedente, o embargarse el crédito por acreedores del cedente; y en general, se considerará existir el crédito en manos del cedente respecto del deudor y terceros.