Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel pago efectivo
Artículo 1821
Liquidacion de la sociedad
Texto oficial
Disuelta la sociedad, se procederá inmediatamente a la confección de un inventario y tasación de todos los bienes que usufructuaba o de que era responsable, en el término y forma prescritos para la sucesión por causa de muerte.