Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDel pago efectivo

Artículo 1821

Liquidacion de la sociedad

Texto oficial

Disuelta la sociedad, se procederá inmediatamente a la confección de un inventario y tasación de todos los bienes que usufructuaba o de que era responsable, en el término y forma prescritos para la sucesión por causa de muerte.