Libro Primero - De las personasDel matrimonio
Artículo 165
Causales - separacion de cuerpos
Texto oficial
Hay lugar a la separación de cuerpos en los siguientes casos:
1o) En los contemplados en el artículo 154 de este Código.
2o) Por mutuo consentimiento de los cónyuges, manifestado ante el juez competente.