Libro Primero - De las personasDel matrimonio

Artículo 165

Causales - separacion de cuerpos

Texto oficial

Hay lugar a la separación de cuerpos en los siguientes casos:

1o) En los contemplados en el artículo 154 de este Código.

2o) Por mutuo consentimiento de los cónyuges, manifestado ante el juez competente.