Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDefiniciones
Artículo 1497
Contrato gratuito y oneroso
Texto oficial
El contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen; y oneroso, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro.